EL GRUPO MUNICIPAL UCIN SOLICITA AL PLENO DEL MES DE JULIO LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA CREADO EN EL AÑO 2004, ASÍ COMO LA REGULACIÓN DE LA CESIÓN DE LOS ESPACIOS MUNICIPALES

http://aytoalgete.es/images/reglamentos_ordenanzas/PARTICIPACI%C3%93N%20CIUDADANA%20-%20Reglamento%20de%20Participaci%C3%B3n%20Ciudadana.pdf

El Ayuntamiento de Algete cuenta con un REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA el cual entró en vigor en el año 2004, es decir, hace 18 años. Este reglamento tiene como función la de regular las normas referentes a las formas, medios y procedimientos de información y participación de vecinos y entidades ciudadanas en la gestión municipal, así como en la organización, funcionamiento y competencias de todo órgano desconcentrado.

Recoge también artículos de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, así como artículos 18, 70 y 79 Bis, establecidos en la Ley de Bases de Régimen Local.

Este grupo municipal considera que este reglamento es una norma jurídica que  regula una serie de actividades para evitar conflictos, pero con el paso de los años se van dando casuísticas que denotan que el reglamento no avanza como avanza la vida, las actividades o las solicitudes. 

El título IV en su  Artículo 18 dice.- Los locales municipales podrán ser utilizados por aquellas Entidades o Grupos Promotores inscritos en los correspondientes Libros Registros Municipales.

 18.1.- Las peticiones deberán realizarse mediante solicitud en el Registro General del Ayuntamiento dirigido a la Concejalía de Participación Ciudadana, al menos con siete días hábiles de antelación, indicando la actividad a realizar. La contestación comunicando la disponibilidad del local deberá efectuarse con una antelación al menos de 24 horas al de la realización de la actividad, previa autorización de las concejalías responsables de los espacios solicitados, quienes podrán autorizar su utilización siempre que no entorpezcan la normal actividad del centro o la coincidencia en el uso del local

En ningún momento se hace alusión a espacios municipales varios como PISTAS DE LA CASA DE LA JUVENTUD, AUDITORIO EMMD, AUDITORIO JOAN MANUEL SERRAT,  PLAZA DE TOROS, PATIO DE LA EMMD, HALL DEL JUAN MANUEL SERRAT etc.

Tampoco se recogen los REQUISITOS NECESARIOS que deben cumplir los solicitantes, así como  los DERECHOS y los DEBERES de cada una de las partes.

POR LO QUE ESTE GRUPO MUNICIPAL VIENE A SOLICITAR A ESTE PLENO:

LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO EXISTENTE DE MANERA QUE SE ACTUALICEN E INCORPOREN LOS ESPACIOS PÚBLICOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE.

LA CREACIÓN DE UN PROCEDIMIENTO DONDE SE DESCRIBA DE MANERA CLARA Y CONCISA LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA A PRESENTAR EN CADA CASO, PARA DE ESTA MANERA EVITAR DESIGUALDADES.

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