MOCIÓN QUE PRESENTA UNIÓN DE CIUDADANOS INDEPENDIENTES ALGETE AL PLENO DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2022 PARA QUE SE RECUPERE EL SERVICIO DE COTEJO DE DOCUMENTOS O COMPULSAS.

El ayuntamiento es la institución más cercana al ciudadano y por lo tanto debe contribuir a satisfacer las necesidades y aspiraciones de los vecinos dotándolos de acciones que faciliten su día a día. 

 

En la actualidad el servicio de COMPULSA o COTEJO público y municipal es inexistente, debiendo los vecinos realizar estas gestiones  en otras administraciones cercanas o bien en los notarios de Algete.

 

Este grupo municipal considera que  una vez más se están  menoscabando los derechos de los ciudadanos de Algete desapareciendo servicios que nos hacen menos eficientes, aún estando estos servicios recogidos en el ROF.  

 

El ROF, Reglamento de Organización y Funcionamiento del Ayuntamiento de Algete, publicado en el BOCAM 88 de fecha 14 de abril de 2021, recoge en la parte de CERTIFICACIONES, artículos 67, 68 y 69, la responsabilidad de las  competencias del Secretario General,  la expedición de cuantas certificaciones, cotejos, compulsas y demás actuaciones le correspondan como fedatario municipal. Cierto es, que el responsable del departamento de secretaría, es el secretario, pero existen variadas fórmulas para proceder al cotejo de documentos sin necesidad de que intervenga el propio habilitado Nacional.

 

El propio ROF dice lo siguiente:

 

Quedan igualmente reservadas a la Secretaría General y a sus órganos de colaboración, si los hubiere, la expedición de cuantas certificaciones, cotejos, compulsas y demás actuaciones les correspondan como fedatarios municipales y cuya obligación estuviere establecida por una norma de rango legal o reglamentaria o por resolución de la Autoridad que ostente la competencia para exigir la expedición de tales documentos por los citados funcionarios municipales; en el ejercicio de la función reservada a los funcionarios de administración local con habilitación nacional. 

 

Si bien es cierto que la LBRL en su artículo 25 recoge 

El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo.

ESTE GRUPO MUNICIPAL VIENE A SOLICITAR A ESTE PLENO MUNICIPAL. 

 

Se recupere el servicio de COTEJO/COMPULSAS DE DOCUMENTOS municipal de cara dar un servicio de calidad  a la ciudadanía de ALGETE.

 

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